En la modalidad de acreditación de los conocimientos mediante titulación, alternativa de la anterior, las personas aspirantes deberán acreditar su conocimiento del idioma presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo V, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que corresponda con un nivel https://reformas-en-el-sector-emp37148.dbblog.net/51175665/new-step-by-step-map-for-reformas-en-la-administración-pública-de-zaragoza