Los informes elaborados por organismos de investigación externos, como los servicios de inspección del trabajo y las instituciones de seguro social, deberían considerarse de la misma forma que las investigaciones internas a los pertenencias de la admisión de decisiones, respetándose los requisitos de confidencialidad. El empleador debería afirmar que https://hugoz692lpw2.blogchaat.com/profile