Cuando un afiliado sufre una disminución parcial, pero definitiva en alguna o algunas de sus facultades para realizar su trabajo habitual. Se reconoce una indemnización, cuando esta disminución es igual o superior a un 5% y pequeño que un 50%. Rellena los datos pendiendo del “tipo de documento” con el https://stevew469dia9.verybigblog.com/profile